Lo de compartir la Lotería de Navidad con amigos, familiares y compañeros de trabajo es una tradición. Pero ¿sabes dónde y cómo debes cobrar el décimo premiado que compartes? Si el premio supera los 2.500 euros hay que cobrarlo en un banco, previo pago a Hacienda que se lleva el 20% de premio.
Si el premio compartido es menor de 2.500 euros se puede cobrar en cualquier administración de lotería y están exento de pagar impuestos. Es decir, el premio es íntegro para los afortunados.
S
i el premio es mayor de 2.500 euros, se debe acudir a un
banco que tenga
concierto con Loterías y Apuestas del Estado. Lo primero que hay que hacer es
acreditar en la entidad que
varias personas son titulares del décimo premiado y el
porcentaje de participación de cada persona.
El banco descuenta el 20% de impuestos que va a parar a Hacienda y después deposita el resto del premio en la cuenta que uno de los premiados ya tiene en esa entidad bancaria. Es decir, si te ha tocado El Gordo (400.000 euros), el banco deposita en una cuenta 320.000 euros y el titular de esta reparte entre los demás afortunados lo que corresponda a cada uno.
Algunas entidades ofrecen la posibilidad de pagar directamente a cada participante mediante cheque o transferencia. En cualquier caso las entidades que tienen concierto con Loterías y Apuestas del Estado nunca deben cobrar comisión por estas gestiones.
La OCU advierte que nunca debe cobrar el décimo entero una persona sin acreditar e identificar a los demás agraciados porque Hacienda puede entender que se trata de donaciones y en este caso te querrá cobrar el pertinente impuesto.